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¿Cuáles son los derechos sexuales y reproductivos?

Los derechos sexuales y reproductivos son considerados los más humanos de los derechos, en tanto que hacen parte de la esfera más íntima de las personas.

Diciembre 19, 2019

En Colombia se formalizó la garantía de los Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos en la Constitución Nacional de 1991 que los incluyó como derechos fundamentales. Ambos derechos están estrechamente relacionados, y a la vez abordan ámbitos diferentes del ser humano.

Vea: Cápsula educativa: Derechos sexuales y derechos reproductivos

Sobre los derechos sexuales

El Ministerio de Salud expresa “la sexualidad es una construcción social y simbólica, que se forma a partir de la realidad biológica, psicológica, cultural, histórica de las personas en una sociedad determinada; e involucra aspectos emocionales, comportamentales, cognitivos y comunicativos para un desarrollo en el plano individual como en el social”. Es decir, que los derechos sexuales abordan la dimensión humana de la vivencia de la sexualidad que debemos garantizar y respetar de acuerdo con la realidad biológica, psicológica, cultural e histórica de las personas. Estos derechos son: derecho al goce, a conocer y valorar el cuerpo, a decidir si se tiene o no relaciones sexuales, a expresar su orientación sexual o identidad de género, a una vida libre de violencias.

Puede interesarle: ¿Cuáles son los Derechos sexuales y reproductivos? (Infografía)

Sobre los derechos reproductivos

Los derechos reproductivos hacen referencia al derecho a tomar libremente decisiones sobre la posibilidad de procrear o no, regular la fecundidad, y acceder información y medios para esto. Específicamente estos son: derecho a decidir libre y responsablemente el número de hijos; a decidir a ser o no padres o madres; a iniciar o postergar el proceso reproductivo; en el caso de las mujeres, a no ser discriminadas en razón del embarazo o la maternidad; a una maternidad segura; a la interrupción voluntaria del embarazo para casos especiales [1].

Conozca más sobre derechos sexuales y reproductivos aquí.

 

Fuente: Minsalud


[1] Cuando: La continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico. Exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico. El embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.


Imagen Niek Verlaan en Pixabay

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Hoguer Alfredo Cruz Bueno
Gran Maestro Premio Compartir 2009
Logré vincular el aula y la comunidad rural a través de expediciones que marchaban tras la huella de la cultura local en tertulias de lectura que se convirtieron en lugares de encuentro entre los padres, los hijos, los textos y la escuela.