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El Nobel de Paz y el apoyo persistente de la comunidad internacional al proceso de paz

El apoyo internacional al Acuerdo demuestra, como lo aseguró en varias ocasiones Humberto de la Calle, que el acuerdo no es perfecto pero “es el mejor Acuerdo posible”.

Octubre 12, 2016

El rotundo respaldo internacional al proceso de paz con las FARC y el reciente otorgamiento del Premio Nobel de Paz al presidente Santos son un llamado de atención para la población colombiana. Si de verdad queremos la paz, tenemos que dejar de mirarnos el ombligo.

Uno de los principales desatinos de la campaña por el ‘Sí’ en los meses anteriores al plebiscito fue no resaltar la importancia del apoyo de la comunidad internacional. Apoyo que, además, tuvo como fundamento el hecho de que el Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera cumple con los estándares más altos del derecho internacional.

Comparado a los acuerdos de paz que finalizaron conflictos armados en otros países, el Acuerdo firmado con las FARC es un documento ejemplar que sin duda guiará los esfuerzos de otros países que busquen hacer una transición de un conflicto armado interno hacia la paz en el futuro.

Aunque el estudio de los procesos de paz de otros países es uno de los temas centrales de la Catedra de la Paz, el gobierno no le dio la importancia debida dentro de su pedagogía del Acuerdo. Es muy probable que, de haber conocido los acuerdos que exitosamente pusieron fin a los conflictos armados internos de otros países, el escepticismo evidenciado por los resultados del plebiscito no hubiese sido tan contundente.

Uno de los puntos del Acuerdo más criticados por los que lideraron el voto por el No el pasado 2 de octubre, es la participación política de las cabecillas de las FARC. Cabe señalar que una de las características principales y comunes a todos los acuerdos de paz que pusieron fin a conflictos armados internos en otros países es la incorporación de los grupos armados ilegales a la política.

Por ejemplo, en Angola se le otorgaron 70 de los 220 curules legislativos a insurgentes desmovilizados para ponerle fin al conflicto armado interno. En Nepal, se concedieron 83 de 330 curules. En Sierra Leone se le otorgó al grupo insurgente la vicepresidencia y cuatro ministerios a través de un acuerdo político y sin recurrir a ningún mecanismo democrático. En contraste, el Acuerdo negociado en La Habana le otorgaría a las FARC tan sólo 10 de los 266 curules legislativos que existen en Colombia.

Otro de los puntos del acuerdo más criticados fue el de justicia. Durante meses, los promotores del No argumentaron que la única forma de evitar que los crímenes cometidos por las FARC queden impunes es condenando a los responsables de delitos atroces a cárceles ordinarias, afirmando que de otra forma el Estado estaría actuando en contra de las obligaciones que le impone el derecho internacional.

En primer lugar, este argumento ignora los propósitos fundamentales de la justicia transicional. Aunque es fácil caracterizarla como una versión diluida de la justicia ordinaria, la justicia transicional consiste en una serie de medidas extraordinarias que se aplican durante un periodo de tiempo definido con el objetivo incentivar los procesos de desarme y la terminación de los conflictos armados.

La justicia transicional interpreta la palabra “justicia” de manera amplia con el objetivo de priorizar la reparación integral de los derechos de las victimas, garantizar un cese al fuego definitivo y fomentar la reconciliación de una sociedad agobiada por el conflicto.

Desde el principio del proceso de paz con las FARC, la oposición tomó la postura de que el único castigo adecuado para los responsables de delitos atroces, y aquellos que se enriquecieron a través del narcotráfico durante el conflicto, es cumplir sus condenas en  cárceles ordinarias. Este tipo de justicia retributiva cumple el propósito de castigar al infractor por su ofensa en contextos ordinarios.

No obstante, en contextos de transición hacia la paz, la justicia debe ser comunicativa además de retributiva. Esto quiere decir que la condena que se le impone al infractor debe ofrecerle un espacio para confesar sus crímenes de manera que restaure el derecho de las victimas a la verdad y la reparación. Este acto publico de contrición le comunica a la sociedad el reconocimiento del daño causado al tejido social y las intenciones de no repetición de los infractores.

Por ejemplo, en Sudáfrica, uno de los procesos de paz más emblemáticos de la historia reciente, todos los actores que participaron en el conflicto recibieron amnistía a cambio de contar la verdad de sus crímenes ante una comisión de la verdad. El Acuerdo negociado en La Habana hubiese exigido mucho más, ya que este propone crear un órgano judicial provisional que emitiría condenas formales y beneficios que pueden ser revocados por incumplimiento y prohíbe explícitamente las amnistías para los responsables de delitos atroces.

Cabe agregar que la mayoría de países que han puesto fin a un conflicto armado interno no tienen ni la infraestructura, ni los recursos, ni las instituciones necesarias para judicializar y condenar a décadas de prisión ordinaria a un grupo insurgente. El caso de Colombia no es la excepción. Según el Inpec, las 136 cárceles que existen en el país tienen capacidad para albergar 78.055 personas, aunque en la actualidad alojan a más de 120.000 presos. Encarcelar a los 10.000 miembros de las FARC que actualmente están en armas costaría aproximadamente 15.000 millones de pesos mensuales.

En un comunicado emitido después del plebiscito, el expresidente Álvaro Uribe parecía reconocer la imposibilidad de esa demanda. El hoy senador insistió que las condenas para los miembros de las FARC deben ser privativas de la libertad, pero agregó que estas penas se pueden cumplir en “sitios alternativos, como granjas agrícolas”. La diferencia entre este tipo de penas y las “restricciones efectivas de libertad” que proponía el Acuerdo de La Habana no quedó clara.

En segundo lugar, una de las mayores quejas de los que rechazaron el Acuerdo era que la supuesta impunidad que le otorgaría el Acuerdo a las FARC violaría las obligaciones internacionales del Estado bajo el Estatuto de Roma. Además de que varios expertos internacionales ya habían opinado que las disposiciones contempladas por el Acuerdo eran suficientes para descargar las obligaciones del Estado ante la Corte Penal Internacional (CPI), la Fiscal de la CPI emitió un comunicado oficial tras el fin de las negociaciones en el que inequívocamente respaldaba el mecanismo de justicia transicional pactado en La Habana.

Lo cierto es que el Acuerdo ha sido objeto de todo tipo de halagos de la comunidad internacional. Prueba de esto es que el 26 de septiembre, durante la firma del Acuerdo, estuvieron presentes 15 presidentes de todo el mundo y el Secretario General de Naciones Unidas. A los únicos que se nos ocurrió tacharlo de ilegal e incompetente fue a nosotros, los colombianos.

A pesar del bochorno internacional que sufrió el país tras la victoria del No en el plebiscito, el Comité Noruego dio el que tal vez sea el espaldarazo más valioso para el proceso de paz, al otorgarle el Premio Nobel de Paz al presidente Santos. La importancia de este hecho puede ser la bocanada de oxigeno que necesitaba el Acuerdo para salvarse.

Independientemente de lo que suceda en las próximas semanas, los promotores del Sí perdieron una oportunidad única de desmentir las aseveraciones de sus detractores de que se podía negociar un acuerdo “mejor” con evidencias claras e irrefutables. El apoyo internacional al Acuerdo demuestra, como lo aseguró en varias ocasiones Humberto de la Calle, que el acuerdo no es perfecto pero “es el mejor Acuerdo posible”.

*Las opiniones expresadas en esta columna son responsabilidad estricta del autor.
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Escrito por
Abogado con experiencia en derecho internacional y derecho internacional de los derechos humanos. Becario de derechos humanos en el Centro Vance para la Justicia Internacional en el Colegio de Abogados de la Ciudad de Nueva York
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