Si una persona con discapacidad en edad escolar no asiste a una escuela regular, no está rodeada de otras personas sin discapacidad, no está realmente incluida.
El resultado de la oferta especial no es una persona con un título de bachiller, con competencias para la vida, con amigos, aprendizajes, con errores y logros.
Frente al derecho de acceso a educación inclusiva que poseen las personas con discapacidad, ¿cómo debería responder la Corte Constitucional de Colombia?
El objetivo: promover la inclusión educativa de los niños con discapacidad por medio de una propuesta de formación académica basada en los nuevos paradigmas.