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Sexualidad, ¿con educación pero no en cátedra?
La Sala Plena no accedió a una pretensión del colectivo ‘Sin embarazos en adolescentes’ que busca que dicha cátedra, también se dé en preescolar y primaria.
El pasado 24 de febrero de 2016 la Corte Constitucional dejó intacta una disposición de la Ley 1146 de 2007 que establece las cátedras de educación sexual para secundaria y los estudios universitarios.
La Sala Plena no accedió a una petición solicitada por el colectivo ‘Sin embarazos en adolescentes’ que buscaba que dicha cátedra también se impartiera en grados de preescolar y primaria.
Este caso había generado una polémica reciente, después de que el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, estimara que la cátedra de educación sexual no se debe impartir en preescolar y la básica primaria.
Para Ordóñez, la Ley tenía que quedarse tal y como está, pues dicha cátedra recibida a tan temprana edad podría inducir –en criterio de Ordóñez – al inicio pronto de la vida sexual.
“Podría generar, en cambio, consecuencias indeseables, como la curiosidad hacia conductas sexuales que aceleren de manera inconveniente el inicio sexual de los niños / niñas y adolescentes con el ya consabido riesgo de embarazos adolescentes y el contagio de enfermedades de transmisión sexual”, señaló en su momento el jefe del Ministerio Público.
No obstante, desde el Ministerio de Educación aseguraron que esta decisión tomada por la Corte Constitucional es recibida con beneplácito, pues mantiene el espíritu de la Ley General de Educación que establece que la educación para la sexualidad debe tener en cuenta la edad de los estudiantes, no requiere una cátedra específica y su desarrollo puede darse a partir de la metodología de proyectos pedagógicos.
De acuerdo con Víctor Saavedra, viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media, el fallo reafirma que la educación para la sexualidad es la herramienta principal con la que cuenta el sistema educativo nacional para que nuestros niños, niñas y jóvenes conozcan sus derechos humanos, sexuales y reproductivos.
"El país puede estar tranquilo porque este fallo no contradice ni limita la Ley General de Educación ni las acciones que realiza el Ministerio al respecto. Ahora, es claro que educar para la sexualidad a temprana edad evitará que se repitan casos como los registrados por los medios de comunicación recientemente sobre violencia sexual de adultos sobre niños y adolescentes", ratificó Saavedra.
Artículo 14 de la Ley 1146 de 2007
Los establecimientos de educación media y superior deberán incluir en sus programas de estudio, con el propósito de coadyuvar a la prevención de las conductas de que trata la presente ley, una cátedra de educación para la sexualidad, donde se hará especial énfasis en el respeto a la dignidad y a los derechos del menor.
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